- DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 527, 545 del código civil 936 y 937 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente. DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD DE BIENECHURIA SOBRE TERRENO INTI, a favor del ciudadano VICTOR EDUARDO BARRIOS, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N. V-644.403 VIVIENDA con un área de construcción de ochenta y nueve metros cuadrados con diez centímetros (89,10 Mts2), cuyos linderos generales se discriminan así: Noreste: En 11,60 mts, con terreno INTI. Sureste: En dos medidas discontinuas de 9,95 mts y 1,65 mts, con terreno INTI. Suroeste: En 8,30 mts, con terreno INTI ocupa.....