En base a los razonamientos de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Segundo (2º) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decreta de conformidad con lo previsto en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal, la EXTINCION DE LAS PENAS PRINCIPALES Y ACCESORIAS impuestas al penado ABELSON JESUS ESTRADA FLORES, titular de la cédula de identidad Nº V-19.494.499, mediante sentencia proferida por el por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, de fecha 27-09-2011 mediante la cual se condeno a DOS (02) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, artículo 456 del Código Penal, con la agravante genérica del artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección de Niño, Niña y Adolescente, más las penas accesorias de ley contenidas en el artículo 16 del Código Pen.....