PRIMERO: El penado YORMAN MIGUEL PRIETO RONDON, titular de la Cédula de Identidad N° V ¿19.266.633, fue detenido por primera vez en fecha 11 de agosto de 2009, y hasta la presente fecha, ha estado privado de su libertad, por un tiempo de SEIS (06) MESES y VEINTE (20) DIAS, faltándole por cumplir un remanente de NUEVE (09) AÑOS, TRES (03) MESES y DIEZ (10) DIAS DE PRISION, pena esta que terminara de purgar el día 11 de junio de 2019.
SEGUNDO: La cuarta parte de la pena, cuyo cumplimiento deberá verificarse para optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO la cumplirá a los DOS (02) AÑOS, CINCO (05) MESES Y QUINCE (15) DIAS. (26-01-2.012)
La tercera parte de la pena, cumplimiento necesario para optar al beneficio de REGIMEN ABIERTO, la cumplirá a los TRES (03) AÑOS, TRES (03) MESES Y DIEZ (10) DIAS. (28-11-2012)
Las dos terceras partes del cumplimiento de la pena, las cuales son requisito para otorgar la LIBERTAD CONDICIONAL, la cumplirá a los SEIS (0.....