...DECLARA, estas diligencias, JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que la ciudadana INES DEL CARMEN CRESPO DE PICHARDO, venezolana, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nro. V-1.001.040, en su condición de madre, se considera ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA de la causante que en vida respondiera al nombre de MARITZA DEL CARMEN PICHARDO CRESPO, venezolana, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad N° V-5.208.881, quedando siempre a salvo los derechos de terceros. Déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal.