PRIMERO: DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al ciudadano LUNA ESTRADA NESTOR JESUS, titular de la cédula de identidad N° 16.147.100, de nacionalidad venezolana, natural de Los Teques, Estado Miranda, de estado civil soltero, nacido en fecha 25/12/80, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Sector El Latón, Calle La Bombita, casa s/n, Paracotos, Estado Miranda, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con los artículos 45 y 48 ordinal 7° ejusdem. SEGUNDO: Se decreta el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas así como de la condición de imputado del ciudadano LUNA ESTRADA NESTOR JESUS.