con fundamento en los Artículos 64, ultimo aparte, 532, 330.6 y 376 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, CONDENA al ciudadano: MAIKEL ALBERTO MARTINEZ HERRERA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V.-17.562.624, estado civil, soltero, hijo de Elizabeth Herrera (v) y Carlos Martínez (V), domiciliado en: los Naranjos, Barrio Zulia, Sector los Olivos, casa No 58, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda A CUMPLIR LA PENA DE OCHO AÑOS DE PRESIDIO MAS LAS ACCESORIAS DE LEY CONTENIDAS EN EL ARTICULO 16 DEL CÓDIGO PENAL; por la comisión de uno del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el Artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos en perjuicio de la víctima ciudadano WILIAM ISIDORO RODRIGUEZ GUEVARA.....