...PRIMERO: Se determina que la ciudadana MARZIA ELENA OJEDA PÉREZ, titular de la cédula de identidad personal número V-12.046.193, lleva privada de su libertad, a la fecha, y desde la data de su detención, un lapso de tiempo de UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES y CATORCE (14) DÍAS, faltándole por cumplir, de la pena principal de prisión de SEIS (06) AÑOS y ONCE (11) MESES que le fuera impuesta, y en aplicación de la disposición del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, CINCO (05) AÑOS, UN (01) MES y DIECISEIS (16) DÍAS, siendo entonces que la pena principal concluye en fecha veinte (20) de agosto del año dos mil trece (2013).SEGUNDO: Habiendo resultado condenada, asimismo, la ciudadana MARZIA ELENA OJEDA PÉREZ, antes identificada, a cumplir la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la pena, prevista en el artículo 16 del Código Penal, se determina, por tanto, como fecha de culminación de la referida pena accesoria, el día veinte (20) de agosto del año do.....