Vista la anterior solicitud, presentada por la ciudadana: VANESSA ISTURIZ VARGAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.493.772, debidamente asistida por el profesional del derecho ELPIDIO RAFAEL GONZALEZ ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 254.522, este Tribunal sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las siguientes actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana: VANESSA ISTURIZ VARGAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.493.772, sobre las bienhechurías construidas sobre un lote de terrenos propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), ubicadas en: Urbanización Altos del Manguito, calle Miranda, casa Nº 245, Parroquia Santa Lucia, Jurisdicción del Municipio Paz Castillo del Estado Bolivariano de Miranda; cuyas medidas, linderos y demás determ.....