se declara CON LUGAR la demanda que por RESOLUCION DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA VENTA, sigue La Sociedad Mercantil "INMOBILIARIA BOSQUE ALTO, C.A.", contra la ciudadana CARMEN ANDREINA SILVA PEREZ, antes identificadas, y consecuentemente, se condena a la accionada a: PRIMERO: En forma subsidiaria cancelar a la parte actora la cantidad de CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 50.000,00) establecida como Cláusula Penal, prevista en la Cláusula Tercera del referido contrato. SEGUNDO: Entregar el inmueble constituido por una Parcela de terreno ubicada en el Sector El Alambique, entre Las Urbanizaciones La Hondonada, Los Montes Verdes y la hoy conocida como Urbanización Valle Alto, jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, identificada como parcela Nº 28, la cual posee una superficie de DOSCIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON VEINTICUATRO CENTIMETROS CUADRADOS (202,24 Mts.2) y alinderada así: Norte: Con Parcela 29 en una extensión de 20,48 mts., pasando por los puntos .....