...De esta misma forma, este Juzgado encuentra que el documento privado de la referida cesión, es un documento privado que no tiene efecto frente a terceros, es decir, no es oponible a terceros, en consecuencia no consta a los autos en forma personal ni autentica por parte del beneficiario INMOBILIARIA VENESPA C. A., representada por la ciudadana VICTORIA de BRAUCCI, sobre la cesión de fecha 31 de diciembre de 1996, efectuada a favor de INVERSIONES CROACIA C. A., y ante la falta absoluta de instrumento probatorio, de los hechos en que fundamenta su comparecencia a los autos la solicitante, debido a que no consta a los autos en forma personal ni autentica por parte del beneficiario, sobre la referida cesión (repito), circunstancias que hacen concluir a este Tribunal, lo improcedente de la solicitud por parte de la abogada MERCEDES BENGUIGUI, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES CROACIA, C. A., en consecuencia se niega su solicitud,