este JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos, previa información clara y precisa al adolescente del artículo 543 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente: PRIMERO: Se acoge la precalificación Fiscal, dada por los hechos presentados en esta Audiencia por la Ciudadana Fiscal del Ministerio Público esto es HURTO SIMPLE EN GRADO DE FRUSTACION, previsto en el artículo 453 en relación con el artículo 80 del Código Penal. SEGUNDO: Se acoge a la solicitud que se continúe con el procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en el Artículo 280 del COPP; por remisión expresa del artículo 537 de la LOPNA para que se realice una investigación serena, ponderada, dirigida al esclarecimiento de los hechos y de la verdad. TERCERO: Se decreta la medida cautelar en s.....