... DECLARA TITULO SUPLETORIO suficiente de Propiedad sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, ubicadas en la siguiente dirección: Urbanización Altamira 1, Calle Nro. 3, Sector El Rodeo, Guatire, Municipio Autónomo Zamora del Estado Miranda, con los siguientes linderos: NORTE: Con Casa Nro. 5; SUR: Con Casa Nro. 1; ESTE: Con Calle 1 y OESTE: Con Calle principal del Rodeo. Con una superficie de construcción de 123,24 Mts2, a favor de los ciudadanos ROBERTO PÉREZ PINTO y MARY JOSEFINA BRAZON DE PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.855.475 y V-3.976.216, respectivamente. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse los originales a la parte interesada, dejando copias, previa certificación en actas por secretaría.-