PRIMERO: Se ordena la INMEDIATA APREHENSION, y por ende, se decreta la ORDEN JUDICIAL DE APREHENSION, a nombre del acusado: AGUSTIN MUÑOZ, venezolano, soltero, obrero, de 27 años de edad, natural de Caracas, Distrito Capital, de fecha de nacimiento: 12-09-1971, hijo de: Evangelista Muñoz (V), domiciliado en el Sector El Cerrito, calle principal, casa S/N Ocumare del Tuy, Estado Miranda y titular de la cédula de identidad N°V-12.613.408, y librar la respectiva Boleta de Encarcelación a nombre del mismo, debiendo tal ciudadano una vez lograda su aprehensión ser puesto a la orden de este Tribunal, para así proceder fijar oportunidad para la celebración de la Audiencia a la que se contrae el Articulo: 327 del Código Orgánico procesal Penal, esto es la AUDIENCIA PRELIMINAR, y poder hacer las verificaciones y constatación señaladas en tal norma que motivan la celebración de dicha audiencia y con vista a lo expuesto por la partes y lo explanado por el Acusado, dictar los pronunciamiento co.....