practicado el CÓMPUTO DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada por el Tribunal Segundo de Control de la Sección Penal de Responsabilidad de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, que condenó al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTOR, LESIONES INTENCIONALES LEVES, previstos en los artículos 458, 415 en relación con el artículo 83 todos del Código Penal, y USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de la ciudadana KATERINE VERGARA, siendo sancionado con las medidas socioeducativas PRIVATIVA DE LIBERTAD, por un lapso de DOS (02) AÑOS y LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO. Arrojando que el cumplimiento total de la sanción privativa es el día 01-12-17. Como consecuencia de la anterior declaratoria se ACUERDA PRIMERO: Que sea trasladado el sancionado al Centro de Privación de Libertad "Francisco de Miranda Nº 2", .....