Decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano ANDRES ELOY ARREAZA CASTILLO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Falcón, el día 18-09-1962, de 46 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 7.529.146, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Abogado, hijo de MILDRE CASTILLO (F) y de RAUL ARREAZA(F),residenciado en: Los cantaros, edificio 4B, apto 13, PB, Nueva Casarapa, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda, y VAN DER DIJS DUARTE KARINA, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Caracas, el día 21-01-1965, de 44 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V- 6.974.327, de estado civil Soltera, de profesión u oficio Artesana, hija de NORYS DUARTE (V) y de ALEX VAN DER DIJS(F),residenciado en: Los cantaros, edificio 4B, apto 13, PB, Nueva Casarapa, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda. Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público, a los fines que continúe con las investigaciones.