Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Se declara sin lugar la solicitud realizada por el imputado, ciudadano TEOFILO CISNEROS RONDON; y se mantiene la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad decretada en su contra por este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en audiencia celebrada en fecha 12 de septiembre de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1, 2 y 3, en relación con lo establecido en el artículo 251, numerales 2, y parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE .....