DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus MIGUEL ÁNGEL IZQUIEL VARGAS, quien era en vida venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.517.268 y quien falleció Ab-intestato en fecha 21 de Julio de 2.014; a los ciudadanos JOSEFINA GERARDI LIMA, ANA FELICIA IZQUIEL GERARDI, ANA ROSA IZQUIEL GERARDI, ANA MILET IZQUIEL GERARDI y LUIS MIGUEL IZQUIEL GERARDI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°V-8.757.371, V-13.320.365, V-17.772.714, V-22.772.121 y V-19.407.250 respectivamente. Se dejan a sal.....