Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículo 12, 206, 212 y 243 del Código de Procedimiento Civil, ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de citación de los codemandados ciudadanos LUCIANA SALERNO RUBERTO, NELLY SALERNO RUBESTO, CARMEN VIRGINIA SALERNO RUPERTO Y JOSE DOMINGO SALERNO RUBERTO, todos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las Cédula de Identidad V-6.306.632, V-6.350.904, V-6.550.587 y V-8.773.065, respectivamente, en el presente juicio que por DERECHO DE PASO, siguen los ciudadanos ALVARO ALEJANDRO CUBILLAN y NAHIRIN ANDREINA MARTINEZ BLANCO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.532.073.....