En consecuencia, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO del ciudadano JOSE MANUEL, inserta con el número dos mil ciento siete (Nro. 2107), Tomo 3, de fecha siete (07) de septiembre, año mil novecientos sesenta (1960), expedida por la Primera Autoridad Civil del Municipio Petare, Distrito Sucre del Estado Miranda, Hoy Registrador Civil de la Parroquia Petare, Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Miranda, presentada por el ciudadano JOSE MANUEL JOAQUIM CALDEIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-6.010.853, por medio de la cual señaló que en su Acta de Nacimiento por error material involuntario y omisión del Segundo Nombre y error en el Primer Apellido de la misma, el funcionario a cargo de la transcripción del acta en lo que respecta el nombre de su madre, lo transcribió como: MARIA DE CALDEIRA, siend.....