... decreta PRIMERO: En virtud de los hechos antes expuesto, este Tribunal se acoge a la precalificación realizada por el Ministerio Público, como lo es el delito de ROBO AGRAVADO, establecido en el artículo 458 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda la continuación por los tramites del procedimiento Ordinario para el esclarecimiento de los hechos denunciados. TERCERO: Se le impone a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, de la detención para asegurar la comparecencia a la audiencia preliminar, de conformidad con lo previsto en el artículo 559 de la LOPNNA. Asimismo, en el caso de que la Representación Fiscal no presenta la acusación correspondiente a que se contrae el mencionado artículo, es decir, dentro de las 96 horas. Se le aplicara a dichos adolescentes, la medida cautelar establecida en el artículo 582 literal "B y G", lo que se traduce en la vigilancia y cuidado del SEPINAMI y la constitución de dos fiadores, quienes en su conjunto o separadamente deberán reunir 60 unidades tr.....