Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción
Judicial del estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, administrando
justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de
la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en la presente causa que
por INTERDICCION incoada por la ciudadana: BEATRIZ ELENA SALAS DE
GOMEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-
4.118.424, respectivamente. Todo de conformidad con lo previsto en el Artículo
267 del Código de Procedimiento Civil. Y ASÍ SE DECIDE. No hay
condenatoria en costas, dada la naturaleza del presente fallo, según lo previsto
en el Artículo 283 Ejusdem. Asimismo se ordena el archivo del presente
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA.