DECRETA: PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD AL CIUDADANO: JUAN CARLOS RODRIGUEZ ASCANIO, venezolano, nacido el día 04-09-86, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 17.921.810, de profesión u oficio estudiante, hijo de Juan Carlos Rodríguez (v) y de Daimir Ascanio (v) domiciliado en el sector Guarenas, Urbanización Trapichito, Sector 2, Bloque 6, piso 4, Apartamento 403, y al ciudadano; DEIVID HAROL VARGAS GUTIERREZ, quien es venezolano, nacido el 02-12-85 titular de la Cédula de Identidad Nro. 17.650.265, de 19 años de edad, soltero, obrero, hijo de Nemesio Antonio Peña (v) y de Ana Luz de Peña (v) domiciliado en Sector 2 de Trapichito, Vereda 2, casa Nro. 27, Guarenas, Municipio Plaza, Estado Miranda; Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad de las contenidas en el artículo 256 numerales 3, 4, y 8 por la presunta comisión del delito de, ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el artículo 80 del.....