...DECLARA de conformidad con lo establecido en los Artículos 12, 242, 254, 506, 890 del Código de Procedimiento Civil; el literal "a" del artículo 34, 1 y 33 del Decreto con rango y fuerza de Ley de Arrendamiento Inmobiliarios y en los artículos 1.159, 1.160, 1.167 y 1.592 del Código Civil, PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por desalojo sigue la Sociedad Mercantil "INVERSIONES Y ADMINISTRACION G. Z. 2, C. A.", contra el ciudadano JUAN CARLOS NIETO., ambos identificados en autos, y consecuentemente se declara: 1) Resuelto el Contrato de Arrendamiento celebrado en fecha 08 de junio de 2006, entre los ciudadanos JESÚS ARENCIBIA DÍAZ Y JUAN CARLOS NIETO, con cesión de derechos, obligaciones y acciones a la sociedad mercantil antes referida en fecha 15 de abril de 2007, el cual versa sobre el inmueble ubicado en calle Real del Vigía, Callejón Chapellín, Entre Francesa y Strubinger, Planta baja, Local 1 en la Ciudad de Los Teques, Municipio Autónomo Guaicaipuro del Estado Bolivariano de.....