En fuerza de las anteriores consideraciones, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ZOBEIDA DEL CARMEN ROSALES PEREZ Y PEDRO ALFONZO BIZOT URDANETA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.215.855 y V-3.226.246, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha14 de Junio de 1972, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia La Vega, Departamento Libertador del Distrito Federal, según consta de Acta Nro. 108.-
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Munici.....