Por los razonamientos expuesto este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA LIBERTAD de los ciudadanos: DURAN ALGARIN, JOSÉ DOMINGO, quien venezolano, con Cédula de Identidad N° 17.457.666, nacido en fecha 26-04-84, de 18 años de edad, de oficio pulidor, residenciado en el sector Las Terrazas, Bloque 15, Terraza 6, Planta Baja, Apartamento 0006, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda y CAÑIZALES, RONY EDUARDO, quien es venezolano, con Cédula de Identidad N° 18.752.181, nacido en fecha 24-01-85, de 18 años de edad, de oficio estudiante, residenciado en la Urbanización Trapichito, Bloque 10, Apartamento 403, Guarenas, Municipio Plaza del Estado Miranda, y quienes fueron detenidos en fecha 8 de Febrero de 2003, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, tipificado y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacien.....