Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta: MEDIDA DE EMBARGO sobre el cien (100%) de las acciones de la Empresa ESTACION DE SERVICIO LA RAIZA C.A., debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 42, Tomo 106-A-Sgdo., de fecha 21 de Junio de 1990.