declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana DULCE MARIA PIÑERO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.159.148, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, ubicado en final calle Mérida, casa s/n, comunidad JOSE MANUEL ALVAREZ, Poste Nº 26 HJ 591 de la jurisdicción del Municipio Carrizal, del Estado Bolivariano de Miranda, y tiene un área de construcción total de la bienhechuría de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (89,42 m2), se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de trece (13) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal y asimismo, se ordena expedir copia certificada de todas las actuaciones para el archivo del Tribunal.