este Tribunal Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
PRIMERO: SE DECLARA COMPETENTE para conocer, sustanciar y decidir el presente Recurso Administrativo de nulidad.
SEGUNDO: SE ADMITE el recurso de nulidad de acto administrativo, de manera conjunta con solicitud de Amparo Cautelar, interpuesto por los Abogados Carlos Eduardo Ocariz Echeverria y Josmer Emilio Zambrano Escalante, venezolanos, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 300.689 y 300.412, respectivamente, quienes proceden con el carácter de Apoderado Judiciales de los ciudadanos: Ted William Cáceres Pernía y Maritza Esperanza Omaña Guerrero venezolanos, mayor de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 5.445.324 y No.- V- 3.996.664, representación que consta en instrumento poder autenticado bajo el N° 44, tomo 25, folios 153 al 1.....