Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones Segundo de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: REVISAR y MODIFICAR la decisión dictada por este Tribunal en fecha Siete (07) de Enero del 2.005, mediante la cual Decretó la PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTA, de los imputados: SAMUEL JOSE NAVARRO LIRA Y SANTIAGO RAFAEL VARGAS SANCHEZ, previamente identificados y en su lugar, les IMPONE las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, contempladas en el artículos: 256 ordinales 3°, 4°, 5°, 6° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo son: 3°:- La presentación por ante este Tribunal, Cada Ocho (8) días por un lapso de seis (6) meses, 4°.- La Prohibición de salir sin autorización del país y de la jurisdicción de este Tribunal, 5.- La pro.....