VI
DISPOSITIVA
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ELEOMAR JOSÉ SIERRA RUIZ, en representación de la firma personal ELECTROAUTO OSGLY 3000, debidamente asistido por el abogado en ejercicio HÉCTOR DE JESÚS PÉREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 91.635, contra la decisión proferida por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Cúa, en fecha 1º de agosto de 2017, la cual se REVOCA en todas y cada una de sus partes; y en tal sentido, se declara INADMISIBLE la demanda que por DESALOJO fuere incoada por el ciudadano ESTEBAN ROJAS ALANIA contra la pre.....