...Debidamente impuesto como ha quedado el joven IDENTIFICACION OMITIDA, al cumplimiento de las medidas de Reglas de Conducta y Servicios a la Comunidad, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda Sección Adolescentes. Vista la consignación de Constancia de Estudios emanada de la U.B. Simon Bolivar y Constancia de Servicios a la Comunidad emanado del Consejo Municipal de Derechos del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, este Tribunal, observa:
Que el joven adulto IDENTIFICACION OMITIDA, inicio el cumplimiento de la medida de Reglas de Conducta, a partir del día 10/04/2007, hasta el día de hoy, han transcurrido UN (01) AÑO, ONCE (11) MESES y VENTINUEVE (29) DIAS, y sentenciado como fue a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por un lapso de tiempo de UN (01) AÑO, se observa que el mismo dio cumplimiento a la sanción en fecha 10/04/20.....