...se decreta medida PREVENTIVA DE EMBARGO, hasta cubrir la cantidad de SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES CON CUARETA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 74.134,42), que comprende el doble de la suma demandada, más las costas procesales calculadas prudencialmente por este Tribunal en la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE BOLÍVARES CON SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 3.557,67), más los interese moratorios vencidos calculados a la rata del 5% anual por la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES CON SETENTA Y CINCO CÉNTIMOS (Bs 576,75), ya incluida en la suma anterior, sobre bienes muebles propiedad de la parte intimada, ciudadano ENRIQUE JOSÉ LOZADA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 12.158.453, haciendo la salvedad que en caso de embargarse cantidades de dinero, la medida se ejecutara sólo hasta cubrir la suma demandada, que asciende a la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL BOLÍVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 35.000.....