CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como la declaraciones testimoniales de los ciudadanos JACKSON ALEXANDER BLANCO FLORES Y MIRIAN JOSEFINA GONZÁLEZ LAZA identificados Ut supra, con las consideraciones de Hecho y de Derecho arriba indicadas, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo3, de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la solicitud de TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana LOYDEL MIRLENA HERNÁNDEZ, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.489.476, sobre unas bienhechuría construidas sobre un lote de terreno de propiedad Municipal, ubicado en La Parroquia Charallave, Sector Campo Elías, Parte alta, calle Principal, Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda. Siendo que d.....