...declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandada contra la sentencia dictada por el Juzgado de Municipio del Municipio Brión y Eulalia Buroz del Estado Miranda, en fecha 14 de julio de 2.008. SEGUNDO: SE CONFIRMA con diferente motiva el fallo dictado por el Juzgado de Municipio del Municipio Brión y Eulalia Buroz del Estado Miranda, en fecha 14 de julio de 2.008. TERCERO: CON LUGAR la acción Reivindicatoria interpuesta por la ciudadana ROSA AMPARO DEFFIT contra la ciudadana JUANA DORA SALAZAR, ambas partes identificadas a los autos y en consecuencia, se condena a la parte demandada a restituir, de forma inmediata y sin plazo alguno, a la parte actora el bien inmueble constituido por una extensión de terreno con una superficie aproximada de veinte metros (20 M) con frente a la Calle 12 y de seis metros (6 M) con frente a la Calle Terraplén, ahora Calle o Avenida 4, y las bienhechurías sobre él construidas, situado dicho inmueble en el lugar denominado Parroq.....