DECLARA CON LUGAR, la solicitud de CESE de la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, dictada por este Juzgado, interpuesta por la defensa pública penal, actuando en su carácter de Defensora del adolescente: IDENTIDAD OMIDIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en los artículos 12 y 22 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos y Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José), respectivamente, en concordancia con el artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.