ORDENA el CESE DE LA MEDIDA DE LIBERTA ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA Y EN CONSECUENCIA SU LIBERTAD PLENA todo conforme al los articulo 647 literal "h" en concordancia con los artículos 626 y 624 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en la causa seguida al joven adulto: IDENTIDAD OMITIDA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero V-18.955.776 y residenciado en Callejón Dividivi, Subiendo hacia el Barrio Bolívar, Sector el 21, Las Clavellinas, Casa Nº 20, Guarenas del Estado Miranda