SE DECRETA AUTO DE APERTURA A JUICIO EN CONTRA DEL CIUDADANO: JEAN CARLOS MEJIAS, venezolano, natural de Petare, de 20 años de edad, hijo de Cristo Clemente (V) y de Amelia Mejias Mata (v), residenciado en; Caucagua, sector Los Cocos, casa s/n, cerca de la bomba de agua, Municipio Acevedo, Estado Miranda, titular de la Cédula de Identidad Nro.16.057.040, albañil, por la presunta comisión de los delitos de; SECUESTRO, ROBO AGRAVADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 462, 460 y 278 del Código Penal. Se emplazan a las partes para que en el lapso de cinco (5) días concurran ante el Tribunal de Juicio, conforme a lo previsto en el Artículo 331.5 del Código Orgánico Procesal Penal. Se instruye a la ciudadana Secretaria de este Tribunal a los fines de que remita al Tribunal de Juicio correspondiente las presentes actas procesales. DADO SELLADO, FIRMADO Y REFRENDADO EN LA SALA DE AUDIENCIA DEL DIA DIEZ (10) DE MARZO DEL 2005. CUMPLASE