Decreta que el presente procedimiento se siga por el Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 280 y siguientes.
2.- En relación a la libertad del imputado, la Fiscal solicita la medida Privativa Judicial de Libertad, este Tribunal considera difiere de la precalificación Jurídica de Hurto Calificado a Hurto Calificado en grado de Frustración, en virtud de que el imputado fue detenido antes de retirarse de la vivienda del agraviado, siéndole decomisado el dinero del cual se había apoderado, por tal razón debe considerarse que el daño causado fue levisimo.
3.- Se decreta Medida Cautelar sustitutiva de conformidad con lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3ero y 8vo del Código Orgánico Procesal Penal, debiendo consignar dos fiadores que ganen una remuneración superior o igual a treinta (30) Unidades Tributarias, entre los dos, anexas constancias de residencia y de buena conducta expedidas por la primera autoridad de sus respectivos domicilios y .....