DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación de autos, interpuesto por los Abogados GUSTAVO CASTRO ESCALONA, INPREABOGADO Nº 72.437, MARCO JOSE OJEDA FRANCO, INPREABOGADO Nº 45.172, JOHANA PEREIRA ACOSTA, INPREABOGADO Nº 16.980, ROBERTO TARICANI LOZADA, INPREABOGADO Nº 36.232, NEXY IVET ASBATI BARRIOS, INPREABOGADO Nº 35.600, Abogado JOSE ANTONIO ARAUJO SIMANCAS, INPREABOGADO Nº 10.656, en su condición de Defensores Privados respectivamente, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Miranda Extensión Valles del Tuy, en fecha 10 de abril de 2015 y fundamentada en f.....