DISPOSITIVA
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, en Función de Juicio, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: NIEGA, la solicitud interpuesta por la Defensa Pública Penal, y se acuerda Mantener la Medida Judicial Privativa Preventiva de Libertad, impuesta en fecha 26 de Agosto de 2003, por el Tribunal segundo de Control de este Circuito Judicial, de conformidad con lo establecido en los artículos 250 ordinales 1°, 2° y 3°, 251 ordinales 2° y 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano: PONCE FERNANDEZ RONALD ALEXIS, venezolano, soltero, de profesión u oficio: Obrero, nacido el 27 de Septiembre de 1982, de 18 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.141.084, residenciado en la vía de Mume, calle principal, frente a la ferretería de Rondón, casa sin número, Cúa Estado Miranda.
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