DECISION
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procede de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente, a DECLARAR ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus ESPINOZA ESPINOZA ALEJANDRO, quien en vida fue venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.582.981 y quien falleció Ab-intestato, en fecha 10 de Junio del 2015, en su condición de esposa e hijos del causante, a los ciudadanos: SILVA PELACHE ARACELIS COROMOTO, ESPINOZA SILVA ARALVEL DEL CARMEN, ESPINOZA SILVA ANYIBEL MARIALIX, ESPINOZA SILVA LUCY ALEJANDRA Y ESPINOZA SILVA EDITH ALEXANDRA, ampliamente identificados. Se deja.....