este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, y artículo 185-A del Código Civil DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los cónyuges, ciudadanos, MARIBEL DEL CARMEN VELAZQUEZ DE BUNIAK y ALI NOEL BUNIAK MONDEJO, ambos identificados y en consecuencia declara: DISUELTO EL VÍNCULO CONYUGAL que los une hasta el día de hoy, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante la primera autoridad civil del Concejo Municipal del Municipio Cristóbal Rojas, Charallave. Estado Miranda, el día 16 de marzo del año 2001, según consta de Acta de Matrimonio anexa, inserta bajo el N°09, folio 15 Vto al 16, en los libros respectivos.-