DECLINA SU COMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer la presente demanda de Cumplimiento de Contrato de Opción compra Venta, incoada por la ciudadana MARGIOLI DEL CARMEN RODRÍGUEZ CRUCES, contra los ciudadanos CARMEN MARÍA ARAQUE NIEVES y JORGE LUIS TORO PACHECO, todos suficientemente identificados, en Juzgado de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de esta misma Circunscripción Judicial.- En consecuencia, se ordena remitir junto con oficio el presente expediente al Juzgado de Mediación y Sustanciación de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de esta misma Circunscripción Judicial.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Los Teques, a los once (11) días del mes de abril de dos mil catorce (2014).-
Años 203º de la Independencia y 155º de la Federación.-