Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONDENA a los ciudadanos FERNANDO ALEXANDER SOLÓRZANO LEON de nacionalidad Venezolana, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.651.650, domiciliado en el Barrio Zulia, sector La Arboleda, casa número 20 , Municipio Plaza, Guarenas, Estado Miranda y MAY SCORKY GOMEZ MIJARES, venezolano, de 23 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Número 16.524.799, residencia en el Sector El Ingenio, Bloque A, Municipio Zamora, Guatire, Estado Miranda, a Cumplir la pena de UN(01) AÑO, NUEVE (09) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO GENÉRICO EN GRADO DE FUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 457 en relación con el artículo 80,.....