Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho y el Tribunal ordena darle entrada en el Libro de causas bajo el No. 121-04. Emplácese a la parte demandada, ciudadana JULIANA DE JESUS ARMAS venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-1.883.907, con domicilio en La Acequia, N° 20, Ocumare del Tuy, Municipio Tomás Lander del Estado Miranda y al ciudadano MANUEL LUIS ROSQUETE, mayor de edad, de nacionalidad Española, casad