Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta lo siguiente, PRIMERO: En virtud que estima el Tribunal que los hechos referidos por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, deben ser investigados a los fines de esclarecer los hechos y llegar a la verdad, y por cuanto faltan diligencias por practicar, es por lo que este Tribunal DECRETA la aplicación del procedimiento Ordinario 280 y 283 todos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el preámbulo y los artículos 2 y 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se acuerda LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los ciudadanos SIMÓN ALFREDO OLIVER URBINA, LUIS PACHECO por encontrarse incurso en la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS,.....