...a tal fin se procede a revisar las presentes medidas en los siguientes términos:
1. En fecha 23/03/2009, este órgano jurisdiccional dictó la medida de protección a favor de la adolescente de autos, consistente en colocación en familiar, de conformidad con lo previsto en el literal "i" del artículo 126 de la referida ley.
2. Revisadas en consecuencia como han sido las actuaciones de este órgano jurisdiccional, y visto que la adolescente se encuentra en colocación familiar en el hogar de la ciudadana antes mencionada (abuela materna), y no lográndose aun la reinserción al hogar, se acuerda ratificar la señaladas medidas de protección, consistente en COLOCACIÓN FAMILIAR, en consecuencia la adolescente continuara bajo la protección de la ciudadana MARIA HAIDEE ROA titular de la cédula de identidad Nro. 2.980.834. Igualmente se ordena, de conformidad con lo previsto en el artículo 126 literal c) de la Ley Orgánica para la Protección de la adolescente y del Adolescente, un seguimie.....