En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: YUSMELYS MARIA ROJAS y WILMER ANTONIO ROJAS VASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nro. V-14.423.778 y V-11.601.812, respectivamente En consecuencia, se declara DISUELTO