...A los fines de determinar dicha cantidad y en aplicación del Artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, se ordena practicar una experticia complementaria, para lo cual se fija el TERCER día de despacho siguiente a la presente fecha, a las 11:00 a.m., a objeto de que comparezcan las partes y procedan a designar los Peritos correspondientes.-
3.- En cuanto al pedimento formulado por la parte actora relacionado con el pago de las costas del procedimiento, el Tribunal se reserva decidir el asunto una vez haya constancia en autos que ha practicado la experticia ordenada.
4.- En relación a los argumentos de extemporaneidad alegados por la parte demandada, el Tribunal no tiene materia sobre la cual decidir.-
5.- Conforme a lo solicitado por la parte ejecutada, en su diligencia de fecha 01/04/2004, se acuerda practicar por Secretaría el cómputo de los días de despacho transcurridos en este Tribunal, desde el día 18/03/2004 (exclusive), hasta el día 30/03/2004 (inclusive)...