"...Oídas las exposiciones de las partes, y en especial la del joven adulto investigado que ejerció su derecho a ser oído, por cuanto se observa que los hechos que dan motivo a la presente Audiencia es la orden de captura librada por el Juzgado de Ejecución Sección Adolescentes - Extensión Barcelona, Estado Anzoátegui, en contra del joven adulto (IDENTIDAD PROTEGIDA), en consecuencia se declina la competencia para que continúe conociendo de la misma el Juzgado de la causa, por lo que se ordena remitir original, estas actuaciones al prenombrado Tribunal. Ahora bien, por cuanto se puede verificar Reporte del Sistema, que efectivamente la medida que pesa sobre el imputado de autos se encuentra sin efecto, es por lo que este Tribunal considera que lo ajustado a derecho en el caso que nos ocupa es decretar la LIBERTAD PLENA E INMEDIATA del joven adulto (IDENTIDAD PROTEGIDA), para lo cual se ordena librar Boleta de Egreso. De conformidad con el Artículo 159 del Código Orgánico Procesal Pen.....